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Reformas al COIP 2021

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Al Papa Inocencio IV, por los años 1250, se le atribuye la máxima jurídica SOCIETAS DELINQUERE NON POTEST, “La sociedad no puede delinquir”, ya que siendo personas fictas no tiene capacidad de delinquir, incapaces de ejercer acción, han pasado varios siglos desde la Bula relacionada, para que estudiosos de la  teoría del delito y la dogmática penal aplicada a la persona física, y los Estados, acepten que las personas jurídicas, también pueden ser sujetos de responsabilidad penal, por tener capacidad de acción, de culpabilidad  y su consecuente juicio de reproche.   

Desde el 10 de agosto del 2014, con la entrada en vigencia del COIP, nuestro legislador sin exponer mayores motivos, incorporó la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, en su Arts. 49, 50 y 71, desde aquella fecha, ha habido varias reformas al COIP en materia anticorrupción, como las promulgadas en los Registros Oficiales, Nro. 107 del 24 de diciembre del 2019, incluidas las reformas del Referéndum de febrero del 2018, y Nro.  392 del 17 de febrero del 2021, estas últimas entran en vigencia el 16 de agosto del 2021, estableciéndose (numerus clausus) alrededor de 84 tipos penales en los que pueden ser sujetos de procesamiento penal, las personas jurídicas nacionales o extranjeras de derecho privado, cuando la conducta activa u omisiva ha sido cometida en su beneficio o de sus asociados.

La novísima reforma, hace que no refiramos esta vez, en las circunstancias atenuantes para la responsabilidad penal de las Personas Jurídicas, incorporadas al Art. 45, numeral 7, en las que se incluye el COMPLIANCE PROGRAMS, o programa de cumplimiento con la legalidad, en nuestro caso en materia penal, al señalar que gozarán de este beneficio,  al haberse implementado antes de la comisión del delito, sistemas de integridad, normas, programas y/o políticas de cumplimiento, prevención, dirección  y/o supervisión, a cargo de un departamento  u órgano autónomo, o de una persona responsable, según su magnitud, este órgano o persona responsable de los programas de cumplimiento se los conoce en el mundo anglo-sajón como COMPLIANCE OFFICER.

El inciso cuarto del Art. 49, que se sustituye, determina los requisitos mínimos que las personas jurídicas deben implementar en su seno, a través de sus programas de cumplimiento, sin perjuicio de otras disposiciones, entre otros a saber: Identificar y detectar actividades en las que se presente riesgo; controles internos para procesos que representen riegos; supervisiones y monitoreos de los sistemas, programas, políticas  y protocolos para la adecuación  de decisiones sociales; modelos de gestión; canales de denuncias; investigaciones internas ; capacitación del personal. Con esto se puede lograr atenuar la pena de las señaladas en el Art. 71 del Código Orgánico Integral Penal.

En esta sociedad del riesgo, merced a los peligros que conlleva toda actividad humana, la globalización, la industria, el medio ambiente, la tecnología, la democracia, la biología, es fundamental sostener que, quien crea un riesgo, está en la obligación de contenerlo, es por ello que el COMPLIANCE, se avizora como un muro de contención de riegos penales. La responsabilidad penal de las personas jurídicas, se deben en parte por la enorme influencia de las grandes empresas tanto en la economía como en la democracia de los países con opacidad en sus leyes anticorrupción, como se ha visto reflejado en la influencia de Odebrecht en alrededor de 20 países. Habrá en un futuro no muy lejano, el establecer un tribunal penal internacional para el juzgamiento de aquellas empresas que han incumplido con la ley, en cualquier Estado que se encuentren; por lo pronto, en nuestro País, esperamos otras reformas para cuestiones procesales atinentes a la responsabilidad penal de los entes jurídicos.

Por: Eduardo Moreno Robles

1102406368

emor64@hotmail.com.

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Dictan otro caso de pena máxima agravada por delito de violación en Zumbi

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A través de un boletín de prensa, la Fiscalía General del Estado informa en su página de la red social Facebook, que Robert Raúl R. O. ha sido sentenciado a la pena máxima agravada de veintinueve años y cuatro meses de privación de libertad por el delito de violación. El Tribunal de Garantías Penales, tras evaluar las pruebas presentadas por el Ministerio Público, determinó la responsabilidad penal del acusado y aplicó las agravantes establecidas en la normativa vigente.

Detalles del caso

Las investigaciones determinaron que el hecho ocurrió la madrugada del 15 de diciembre de 2019, cuando el procesado violentó sexualmente a su sobrina de 14 años. De acuerdo con la exposición fiscal, el acusado solicitó a su hermana, madre de la víctima, que sus sobrinas de 14 y 5 años pasaran la noche en su residencia. Durante la madrugada, ingresó al dormitorio donde se encontraban las menores y, tras amenazas, perpetró la agresión sexual contra la adolescente, quien posteriormente quedó embarazada como resultado del abuso.

El caso fue denunciado por el Gremio de Mujeres de Zamora Chinchipe, lo que permitió que la Fiscalía iniciara las diligencias investigativas y gestionara la reubicación de la víctima en una casa de acogida para garantizar su seguridad.

Elementos probatorios y sentencia

Durante la audiencia de juicio, el Tribunal consideró como pruebas principales los testimonios de la víctima y peritos en psicología, medicina legal y trabajo social, así como informes de reconocimiento del lugar de los hechos. Además de la pena privativa de libertad, se impuso el pago de una multa equivalente a 800 salarios básicos unificados y una indemnización de 5.000 dólares a favor de la víctima. También se dispuso que la adolescente reciba atención psicológica por el tiempo que sea necesario en una institución pública.

Base jurídica de la sentencia

La condena fue dictada en virtud del artículo 171, inciso primero, numeral 2, y la circunstancia del inciso segundo, numerales 2 y 5 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Se aplicaron las agravantes contempladas en el artículo 48, numerales 4 y 5, debido a la relación de parentesco entre la víctima y el agresor y a las consecuencias del delito.

La Fiscalía General del Estado reafirma su compromiso en la lucha contra la violencia sexual y ratifica su labor en la investigación y judicialización de estos delitos para garantizar justicia y protección a las víctimas. Fuente foto referencial: Google

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¡Cae red de presuntos narcomenudistas! Operativo policial frustra tráfico de drogas en Las Orugas

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A través de un boletín de prensa, la Policía Nacional del Ecuador da a conocer que en una contundente operación contra el microtráfico de sustancias sujetas a fiscalización, la Policía Nacional del Ecuador capturó a tres ciudadanos en el sector Las Orugas, cantón Yantzaza. La intervención se ejecutó a las 16h30, tras una alerta ciudadana que advertía sobre actividades sospechosas en la zona.

Gracias a un patrullaje preventivo, agentes del Grupo de Operaciones Motorizadas identificaron a tres individuos manipulando una funda plástica con una sustancia verdosa, presuntamente marihuana. Al notar la presencia policial, uno de los sujetos intentó deshacerse de la evidencia arrojándola a un jardín cercano. Sin embargo, la rápida acción policial permitió la incautación de 12 fundas plásticas con sustancia sospechosa y la aprehensión de los implicados.

APREHENDIDOS:

  • Érica J. Nacionalidad ecuatoriana. Sin antecedentes.
  • Jordy T. Nacionalidad ecuatoriana. Sin antecedentes.
  • Kenny A. Nacionalidad ecuatoriana. Antecedente en 2023 por tenencia de armas no autorizadas.

INDICIOS INCAUTADOS:

  • 12 fundas plásticas con sustancia vegetal verdosa (presumiblemente marihuana).
  • 02 motocicletas, presuntamente utilizadas para la distribución de la sustancia.
  • 04 terminales móviles, que serán sometidos a pericias para determinar su vinculación con redes delictivas.

La Policía Nacional del Ecuador reafirma su compromiso con la seguridad ciudadana, intensificando operativos para erradicar el microtráfico en el país. Exhortamos a la población a continuar denunciando actividades sospechosas, con el fin de fortalecer la lucha contra este flagelo que afecta a nuestras comunidades.

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Voceros de la Revolución Ciudadana exponen la crisis institucional y social en Zamora Chinchipe

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En el espacio de entrevistas de Diario El Amazónico, los voceros de la Revolución Ciudadana (RC) en Zamora Chinchipe, Leónso Salinas y Croswel Roa, analizaron la actual situación política, social y económica del país. Durante la entrevista, destacaron las falencias del Gobierno Nacional y el deterioro de la institucionalidad, con énfasis en el abandono de la obra pública y la falta de inversión en sectores estratégicos.

Salinas denunció el desmantelamiento del Estado, evidenciado en el mal estado de la infraestructura vial, como la Troncada Amazónica, cuya degradación ha incrementado el tiempo de viaje entre Zamora y Puyo de siete a diez horas. “La falta de mantenimiento y planificación no responde a la carencia de recursos, sino a la ausencia de voluntad política”, afirmó.

Asimismo, señaló la drástica caída del turismo en Ecuador, que pasó del puesto dos al ochenta en los rankings internacionales. En su intervención, criticó el incumplimiento de proyectos previamente planificados y presupuestados, como la vía Podocarpus, la carretera occidental y el Hospital de Zamora.

Por su parte, Croswel Roa resaltó la comparación entre la gestión del Gobierno actual y la de la Revolución Ciudadana, argumentando que “cuando el correísmo gobernaba, se realizaron inversiones en infraestructura educativa, vial y sanitaria”. También enfatizó que las condiciones actuales reflejan una falta de gestión efectiva y de políticas públicas para atender las necesidades de la ciudadanía.

Ambos voceros hicieron un llamado a la participación ciudadana en las próximas elecciones del 13 de abril, destacando la importancia de un liderazgo con visión de desarrollo. “Es momento de cambios radicales para recuperar la paz y la estabilidad del país”, concluyó Roa.

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