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Ministerio de Trabajo eliminará beneficio de sueldo variable para sindicalistas

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La Ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, confirmó a PRIMICIAS que en 90 días; esto es, en octubre, está previsto que el Ejecutivo emita el reglamento para la Ley de Empresas Públicas.

Se trata de una ley promulgada en 2009, que durante 15 años no ha tenido un reglamento.

La prioridad para emitir este reglamento es eliminar las cuestionadas remuneraciones variables para los trabajadores de las empresas públicas amparados bajo contratos colectivos.

Las remuneraciones variables son bonos en efectivo que reciben los trabajadores amparados a contratos colectivos, como recompensa por hacer su trabajo con eficiencia.

Según Núñez, al año, el pago de remuneraciones variables a los empleados de cuatro empresas públicas representa un gasto de USD 40 millones.

La Ministra se refiere a los contratos colectivos de:

El holding estatal Corporación Eléctrica de Ecuador (Celec).

La empresa distribuidora Corporación Nacional de Electricidad (CNEL).

El contrato colectivo de la petrolera estatal Petroecuador. Y el de la empresa pública de telecomunicaciones Corporación Nacional de Electricidad (CNT).

Es difícil saber cuánto gana cada trabajador por este bono y cómo se calcula para definir si lo merecen o no.

Los cuatro contratos colectivos tienen cláusulas que mencionan que esta remuneración variable se pagará conforme a lo que establezcan los «instructivos», «normativa vigente» o «reglamentos» aprobados por la gerencia o directiva de la empresa, pero no dan más detalles.

El pasado 1 de julio, el Ministerio de Trabajo ya pidió a la Contraloría que revise los contratos colectivos de estas cuatro empresas públicas. Y ese organismo dijo que iniciará análisis preliminares a esos documentos.

Núñez dijo que espera que tras ese análisis del ente de control, los cuatro documentos queden anulados, «por no cumplir con las leyes pertinentes».

Así, los sindicatos de las cuatro empresas tendrían que volver a negociar los contratos colectivos con los directivos y ya no estará permitido que ganen remuneraciones variables, agregó.

¿Por qué eliminará este beneficio?

La Ministra dice que los sindicatos de las empresas públicas han «aprovechado el vacío legal» por la falta del reglamento, para calcular por su propia cuenta las remuneraciones variables.

Aunque la Ley de Empresas Públicas permite el pago de la remuneración variable, ella dice que es grave que se haya estado aplicando el beneficio si nunca hubo un reglamento a la ley.

«Es grave. La ley nunca tuvo reglamento y, al no tenerlo, ¿quién estableció el pago de la remuneración variable y cómo lo estableció?», dice Núñez.

El presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Richard Gómez, que agrupa a estos cuatro sindicatos, ha dicho que la remuneración variable es un beneficio que merecen los empleados públicos que trabajen con eficiencia y superen los indicadores establecidos.

Gómez añadió que es un pago similar a las utilidades que reciben los trabajadores del sector privado.

Pero Núñez lo contradice:» Esa aplicación de remuneración variable la hacen (los sindicatos ndr) para obtener utilidades, cuando en el Estado y con fondos públicos no existen utilidades», añade.

El exviceministro de Trabajo, Francisco Vacas coincide y dice:

«No es lo mismo que la utilidad en el sector privado, en donde hay una inversión y un riesgo. Si me va bien, comparto la ganancia con el resto, en el sector público es distinto, es plata de todos, son servicios que da el Estado», añade.

Vacas explica que si las empresas estaban pagando esa remuneración con base en reglamentos establecidos por los directorios, la ley por lo menos debió fijar techos o condiciones, para evitar abusos.

Además, dice que una remuneración variable debería estar atada a una evaluación de desempeño y de cumplimiento de objetivos específicos y extraordinarios.

«No puede haber un premio por hacer bien el trabajo para el que lo contrataron», añade.

¿Qué dice la ley sobre la remuneración variable?

El numeral 4 del artículo 20 de la Ley de Empresas Públicas, aprobada durante el Gobierno de Rafael Correa, estableció que estos empleados pueden tener acceso a una remuneración variable.

La ley detalla que el sistema de remuneración variable «debe orientarse a bonificar económicamente el cumplimiento individual, grupal y colectivo de índices de eficiencia y eficacia, establecidos en los reglamentos pertinentes».

Y añade que los incentivos económicos «se reconocerán proporcionalmente al cumplimiento de tales índices, mientras estos se conserven o mejoren, mantendrán su variabilidad de acuerdo al (sic) cumplimiento de las metas empresariales».

Pero la Ley también aclara que esta remuneración no constituirá un derecho adquirido.

«El pago de la remuneración variable se hará siempre y cuando las empresas generen ingresos propios a partir de la producción y comercialización de bienes y servicios», dice el artículo.

En CNEL recibieron USD 1.000 por trabajador

En el segundo contrato colectivo de CNEL, por ejemplo, solo se especifica que el monto anual de esa remuneración variable «no podrá ser menor al 100% de la remuneración de cada categoría o escala salarial».

Es decir, si un trabajador está en una escala salarial de USD 1.500 al mes, su remuneración variable al año debe ser mínimo de ese valor, independientemente de lo que arrojen los cálculos para establecer su eficiencia.

Gómez, que además es secretario del sindicato de CNEL y vocal de los afiliados en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), dijo que los trabajadores amparados al contrato colectivo de esta empresa pública no están recibiendo actualmente el pago de ese beneficio.

Lo anterior, porque la negociación de ese segundo contrato colectivo está paralizada. Sin embargo, los trabajadores del Comité de CNEL se beneficiaron de este pago adicional por eficiencia incluso antes de que entre en vigencia su primer contrato colectivo de 2021.

Los empleados recibieron el pago retroactivo de esta remuneración variable por el período 2015-2020, gracias una acción de protección presentada el 11 de noviembre de 2019.

Tras casi un año de litigio, en diciembre de 2020, el juez a cargo de la causa otorgó la acción de protección.

CNEL apeló esa sentencia, apenas conoció el fallo en su contra. Pero llama la atención que no esperó hasta el final de este proceso, que sigue en marcha, y pagó el sueldo variable a los sindicalistas.

Gómez dijo que con esto, cada trabajador recibió alrededor de USD 1.000.

Pero al exviceministro de Trabajo, Francisco Vacas, le llama la atención que se paguen montos fijos de remuneración variable. «Se supone que los rubros deberían cambiar, en función del desempeño de cada trabajador».

El trámite de apelación de CNEL ha sido lento. CNEL pidió tres veces solo en 2024 que la Corte Provincial de Justicia del Guayas fije una fecha para la audiencia de estrados.

Recién para el 14 de noviembre de 2024 está previsto que se lleve a cabo esa audiencia.

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Cascabel, la mayor mina en la historia de Ecuador, se explotará con respaldo de inversión china

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La minera australiana Solgold, a cargo del proyecto minero Cascabel (en la parroquia Lita, en el cantón imbabureño de Ibarra), que arrancará a inicios de mayo de 2025 con un proceso de producción temprana, finiquitó la venta de una parte de sus acciones a la china Jiangxi Copper Company Limited.

Cascabel es el proyecto insignia de SolGold. Se trata de un yacimiento de pórfido de cobre y oro de clase mundial. Su concesión, de 50 kilómetros cuadrados, se extenderá por 33 años. Se prevé inversiones por USD 4.200 millones y en su etapa de operación, SolGold estima que se generarían más de 1.000 plazas de empleo.

Según dio a conocer la compañía, el 26 de marzo de 2025 se cumplieron las condiciones para la transacción con la que SolGold Canada Inc. vende 157.141.000 acciones ordinarias de SolGold, a un precio de USD 0,115 por acción a Jiangxi Copper (Hong Kong) Investment Company Limited, una filial 100% de propiedad de la china Jiangxi Copper Company Limited.

Hasta antes de esta transacción, Jiangxi Cooper posía 208.616.587 acciones ordinarias de SolGold, lo que representaba el 6,95% del capital social emitido de la compañía. Ahora posee 365.757.587 acciones ordinarias, lo que representa el 12,19% del capital social emitido de la compañía.

Otro detalle de la transacción explica que hasta marzo de 2027, Jiangxi podrá proporcionar a SolGold servicios de consultoría técnica, según sea necesario, previo acuerdo mutuo, en relación con el proyecto Cascabel. Por este apoyo, la china no cobrará a la australiana, salvo acuerdo entre las partes, ninguno de los costos asociados con esta cooperación técnica.

A decir del director Ejecutivo de SolGold, Dan Vujcic, «la inversión fortalece nuestro balance y nos permite evaluar oportunidades interesantes para impulsar la producción en Cascabel (…). El aporte técnico de Jiangxi Copper Company, a su cargo, también contribuirá significativamente en términos de ahorro y agilizará las evaluaciones de Cascabel».

Desde su fundación en 1979, y gracias al crecimiento económico de China, Jiangxi Copper se ha convertido en el mayor productor de cátodos de cobre de ese país.

Con sede en Nanchang, el conglomerado chino ha diversificado su negocio desde la explotación de minerales polimetálicos, como cobre, oro, plata, tierras raras, plomo y zinc, hasta el apoyo comercial, financiero, logístico y técnico. Ha establecido bases mineras en China, Perú, Albania y Afganistán. Fuente: Primicias

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Noboa le dice ‘no’ al servicio militar voluntario: vetó ley apoyada por 122 asambleístas

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Una propuesta que parecía tener luz verde terminó estrellándose contra el escritorio del presidente Daniel Noboa. A pesar de haber sido aprobada por una abrumadora mayoría en la Asamblea Nacional —122 votos a favor—, el proyecto de Ley de Servicio Militar Voluntario, Reservas e Identificación Militar fue vetado en su totalidad por el Ejecutivo el 18 de marzo de 2025.

El presidente alegó que la normativa impulsada por el legislador Pedro Velasco es inconveniente de fondo y forma. Entre los argumentos presentados por el Gobierno, se destaca que el proyecto no establece con claridad cuáles serían los derechos, deberes, obligaciones y limitaciones de quienes ingresen al servicio cívico militar voluntario o pasen a las reservas.

“El texto deja vacíos jurídicos que podrían vulnerar el derecho a la defensa de los ciudadanos”, advirtió el Ejecutivo. Según el veto, no se puede sancionar a una persona sin que esta conozca las reglas del juego ni sin posibilidad de defenderse adecuadamente.

Pero los problemas no terminan ahí. Otro punto crítico señalado por Noboa es que la ley no explica de dónde saldrá el dinero para financiarla. Aunque la Asamblea planteaba que los beneficios se cubrirían con el presupuesto del Ministerio de Defensa, el presidente fue enfático: no se puede imponer una nueva carga económica sin definir claramente la fuente de financiamiento.

“Crear una obligación financiera sin respaldo afecta la ejecución del presupuesto del Estado”, sostuvo el Gobierno.

Así, el Ejecutivo pone freno a una ley que pretendía reestructurar el sistema de servicio militar voluntario, pero que —según Noboa— nació con fallas que podían costarle caro al país.

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Hijo de alias ‘JR’ fue sentenciado a 13 años por lavado de activos junto a otros cinco miembros de su círculo familiar

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El hijo de alias ‘JR’ o ‘Junior‘ fue uno de los seis sentenciados por lavado de activos en el caso conocido como ‘Blanqueo JR’, que involucra al círculo familiar de Junior Roldán Paredes, excabecilla de “Los Choneros” y fundador de la banda criminal “Las Águilas”, fallecido el 6 de mayo de 2023.

Azhael Alexander Roldán fue condenado a 13 años de prisión por su participación en esta red de lavado de activos, de acuerdo con la resolución emitida este lunes 21 de abril por el Tribunal Penal, tras instalarse la audiencia de juicio en el Complejo Judicial Norte de Quito.

Con base en las pruebas presentadas por la Fiscalía, el Tribunal también dictó la misma pena privativa de libertad para los otros cuatro implicados, entre ellos Jael B. M., Ana. R. A., Marcelo R. A. y Douglas D. Z.

Movimientos millonarios

Los seis sentenciados formarían parte del entorno familiar de alias ‘JR’ y habrían colaborado en el movimiento ilícito de fondos.

Los movimientos económicos injustificados se habrían registrado entre los años 2020 y 2024:

Según la investigación, los involucrados habrían adquirido bienes muebles e inmuebles y constituido personas jurídicas.

Además, se detectó que un alto porcentaje del dinero (50%) de sus cuentas en el sistema financiero nacional, corresponde a depósitos en efectivo, cuya procedencia sería de actividades ilícitas como tráfico de drogas, sicariato y asesinato, ejecutadas por grupos de delincuencia organizada liderados en su momento por alias «JR».

De acuerdo a los Reportes de Operaciones Inusuales e Injustificadas (ROII) emitidos por la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), también habrían creado una empresa para dar aparente licitud a sus operaciones financieras.

Leidi Tatiana R. H. (exesposa de alias “JR”) habría ingresado 1’823.069,92 dólares al sistema financiero nacional y lavado dinero mediante la empresa VICMARENT S.A.S.

Liseth Carolina H. L. habría ingresado 4’603.409,7 dólares.

Azhael Alexander R. T. (hijo de alias “JR”) habría ingresado 741.548,01 dólares.

Jael Amira B. M. habría participado como administradora de los activos de origen ilícito.

Meliton Marcelo R. A., Olivia Ana R. A. y Eduard Douglas D. Z. habrían sido beneficiarios y depositantes de grandes cantidades de dinero, usadas en la compra de bienes con pagos en efectivo de origen desconocido. Fuente: Vistazo

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